La Ley 22.172 es un convenio suscripto entre el gobernador de la pcia. de Santa Fe y el Ministro de Justicia de la Nación. Regla cómo deben realizarse las comunicaciones territoriales entre Tribunales de distintas jurisdicciones. Este comunicado se establece directamente por oficio.
La intervención del profesional surge por un pedido de Perito Contador de extraña jurisdicción. Los autos comienzan con la remisión del oficio del Juez de igual grado de la otra provincia. En él consta:
el título Oficio Ley, Juzgado, carátula, nº de expdte., Juez, Secretaría, monto del juicio si existiera, mención s/ la competencia del Tribunal oficiante, el sello del tribunal y la firma del Juez y Secretario en cada una de sus hojas, persona autorizada para el diligenciamiento.
En el mismo consta el pedido de sorteo de Perito Contador, indicando que, una vez aceptado el cargo, deberá realizar la pericia encomendada bajo apercibimiento de Ley, e informar sobre los puntos periciales que allí mismo se transcriben.
El resto del trámite, es común a todo trabajo pericial.
Luego de la presentación de la pericia contable, debe notificarse a la parte peticionante de la prueba, quien cuenta de un plazo de manifiesto, para que, en caso de corresponder, solicite aclaración, ampliación, nulidad o impugnación.
Con relación a la regulación de honorarios, la ley especifica que corresponde al Tribunal oficiado, quien la practicará conforme la Ley arancelaria vigente en su jurisdicción.
Cobro: Integrando la Ley 22172 con el Art. 104 del CPCC de la pcia de Santa Fe y los Arts. 27, 28, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 42 de nuestra Ley 12.135, podríamos incluir en el petitio el pedido de regulación definitiva con más el 10 % , contribución a cargo de los obligados en costas, con destino a la Caja de Seguridad Social para los profesionales en Cs. Ec., el reintegro de gastos e iva de corresponder, pudiendo el profesional actuante solicitar el depósito del importe resultante antes de remitirse el expdte al Juzgado de orígen por haberse concluído la tramitación en la jurisdicción.
CP Verónica Carbone.
Miembro de la Comisión de Actuación Judicial.
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