lunes, 20 de junio de 2011

Permiso de publicidad: Publicado en el periódico "Ecos de Tablada"-Ed.88- Junio 2011

Mediante la ordenanza 8324/08 y el decreto reglamentario 198/09, se ha regaldo la publicidad que se realiza en Rosario.
La misma está afectada al pago de tributos y necesita permiso municipal.
La ciudad está delimitada por siete zonas a los fines de autorizarse la publicidad por alguno de los medios previstos en la normativa vigente a la fecha. En caso que una zona pueda insertarse en otra, prevalecerá la de mayor protección.
Los elementos publicitarios que pueden utilizarse están tipificados. Si el elemento publicitario elegido no se encuadra en ninguna clasificación, se tipificarán por similitud.
Los mismos deben ser mantenidos en perfecto estado de conservación y deben retirarse al cerrarse el comercio o trasladarse en oportunidad de nueva ubicación, implicando para éste último caso nueva autorización.
Las infracciones o incumplimientos podrán ser penadas, según el caso, por multas graduables, retiro de los elementos publicitarios a costa del infractor ( para todos los casos) y clausura, pudiéndose disponer como accesoria la suspensión de la tramitación de todo trámite relacionado a permisos de publicidad.
En caso que el elemento publicitario sea adecuado dentro del plazo otorgado, el Juez podrá dar por subsanada la falta.
Los formularios requeridos en el trámite son: libre multa personal y de comercio ($ 5.3); liquidación de DREI ($ 2.6); información sobre adicionales; tabla de elementos publicitarios; solicitud de permiso de publicidad ($ 20).
Para mayor información: WWW.rosario.gob.ar.
CP Verónica Carbone