* Del Ministerio de trabajo y seguridad social de la Pcia. de Santa Fe:
Prórroga hasta el 30/4/10 para sellar los libros de sueldos y jornales, cuyo vencimiento original operaba el 31/3/10.
Requisitos:
Para Libro Manual:
Libro de Sueldos y Jornales con datos completos del personal.
Inscripción en AFIP como empleador.
Inscripción en API
Habilitación municipal.
Copia autenticada del Contrato Social en el caso de sociedades.
Formulario o nota solicitando la habilitación del libro con los siguientes datos:
a) Razón social.
b) Nº de CUIT.
c) Domicilio legal.
d) Domicilio laboral.
e) Actividad.
Para el uso de Hojas Móviles
Siendo la primera vez: presentar nota por Mesa de Entradas solicitando la correspondiente autorización con los requisitos enumerados para el Libro Manual, adjuntando asimismo modelo de las hojas a usar con los códigos correspondientes.
Si es renovación anual: deben presentarse en el período de Enero a Marzo de cada año, membretadas y foliadas desde el número 1 en cantidad suficiente para ser usadas en todo el año, acompañando copia de la autorización para el uso de las Hojas Móviles como asimismo las hojas selladas correspondientes a Diciembre y SAC ( 2da. cuota ) del año anterior.
Ampliación de hojas: presentar nota detallando a partir de que folio se solicita la ampliación, trámite éste que debe realizarse dentro de los 30 ( treinta ) días corridos del último sueldo volcado.
Quienes inicien actividades con personal en relación de dependencia después del período ordinario de rubricación, o sea a partir del 1º de Abril, contarán con 30 ( treinta ) días corridos para tal fin.
Prórroga hasta el 30/4/10 para sellar los libros de sueldos y jornales, cuyo vencimiento original operaba el 31/3/10.
Requisitos:
Para Libro Manual:
Libro de Sueldos y Jornales con datos completos del personal.
Inscripción en AFIP como empleador.
Inscripción en API
Habilitación municipal.
Copia autenticada del Contrato Social en el caso de sociedades.
Formulario o nota solicitando la habilitación del libro con los siguientes datos:
a) Razón social.
b) Nº de CUIT.
c) Domicilio legal.
d) Domicilio laboral.
e) Actividad.
Para el uso de Hojas Móviles
Siendo la primera vez: presentar nota por Mesa de Entradas solicitando la correspondiente autorización con los requisitos enumerados para el Libro Manual, adjuntando asimismo modelo de las hojas a usar con los códigos correspondientes.
Si es renovación anual: deben presentarse en el período de Enero a Marzo de cada año, membretadas y foliadas desde el número 1 en cantidad suficiente para ser usadas en todo el año, acompañando copia de la autorización para el uso de las Hojas Móviles como asimismo las hojas selladas correspondientes a Diciembre y SAC ( 2da. cuota ) del año anterior.
Ampliación de hojas: presentar nota detallando a partir de que folio se solicita la ampliación, trámite éste que debe realizarse dentro de los 30 ( treinta ) días corridos del último sueldo volcado.
Quienes inicien actividades con personal en relación de dependencia después del período ordinario de rubricación, o sea a partir del 1º de Abril, contarán con 30 ( treinta ) días corridos para tal fin.
Los libros manuales deben resellarse anualmente en el período comprendido entre el 1º de Enero y el último día hábil inclusive del mes de Marzo de cada año.
Los libros terminados deben renovarse dentro de los 30 ( treinta ) días del último sueldo volcado, a tal efecto deben presentarse los dos ejemplares.
* De la API:
Presentación declaración jurada ingresos brutos por el período fiscal 2009: fechas de vencimiento:
1. contribuyentes locales, no comprendidos en convenio multilateral:
Terminaciones de Cuit Fecha
0 - 1 22/6/10
2 - 3 23/6/10
4 - 5 24/6/10
6 - 7 25/6/10
8 - 9 28/6/10
2. Para contribuyentes comprendidos en convenio multilateral: 30/6/10.
Info extraída de WWW.santafe.gov.ar al 2/4/10

