
Desde el 19/3/10 entra en vigencia la RG 2770 (B.O. 25/2/10), estableciendo la obligatoriedad de utilización de una nueva versión para la determinación del impuesto a las ganancias y bienes personales de personas físicas y sucesiones indivisas del período fiscal 2009 y siguientes.
Alcanza esta obligatoriedad a declaraciones juradas originales / rectificativas de períodos fiscales 2007/08, que se presenten a partir del 19/3/10.
Los formularios de declaraciones juradas generados por el nuevo aplicativo (versión 11.0) se presentarán mediante transferencia electrónica de datos, a través de la web de Afip, con clave fiscal.
Asimismo, las declaraciones juradas, podrán presentarse por transferencia electrónica de datos a través de entidades homologadas a tales fines. El listado de las mismas puede consultarse en www.afip.gob.ar/genericos/presentacionelectronicaddjj/).
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